Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 306/2020
- Resolución
- 306/2020
- Recurso
- 121/2020
- Fecha
- 17/09/2020
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Entidad contratante de los sectores especiales.
Objeto excluido del RDL 3/2020.
Aplicación de la LCSP por mor de su disposición adicional octava.
Legitimación no licitadoras.
No existe en el procedimiento de recurso especial un trámite de adhesión al mismo.
Los servicios que se licitan están incluidos en el anexo IV de la LCSP: se vulnera la exigencia de que al menos el 51% de la puntuación asignable lo ha de ser en criterios relacionados con la calidad.
Artículo 145.4.2º párrafo.
La renuncia anticipada de derechos está vedada expresamente por la doctrina creada al respecto por el Tribunal Supremo, entre otras, en sus Sentencias de 8 de marzo de 1982, de 14 de febrero de 1992 y de 31 de octubre de 1996.
Estimación.
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