Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 281/202
- Resolución
- 281/2020
- Recurso
- 57/2020
- Fecha
- 06/08/2020
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Suministro
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión.
Falta de presentación del poder de representación debidamente bastanteado en el plazo del artículo 150.2 de la LCSP y en el plazo de subsanación.
Corresponde a los licitadores obtener el bastanteo.
Distinción entre el momento en el que surge la obligación de presentar las escrituras de poder debidamente bastanteadas y el momento en el que convendría que estén bastanteadas para, en su caso, posterior presentación.
Declaración responsable sustitutiva de documentación y DEUC.
Bastanteo de poderes: procedimiento administrativo iniciado a instancias de los interesados.
Principio de proporcionalidad y antiformalista.
Principio de igualdad de trato.
Desestimación.
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