Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 233/2020
- Resolución
- 233/2020
- Recurso
- 457/2019
- Fecha
- 02/07/2020
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Obras
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión.
A la entidad recurrente se le requier la subsanación de la documentación acreditativa de los requisitos previos, indicándole expresamente, como así establece el pliego de clausulas administrativas particulares, dónde debe ser presentada la documentación requerida.
Posteriormente, la mesa de contratación a la vista del certificado expedido por la persona responsable del Registro General de la Agencia Pública, acuerda declarar la exclusión del procedimiento de la recurrente “ya que no presenta sobre de subsanación en tiempo y forma”.
Se analiza cuál es la normativa de aplicación: legislación especial frente a la común, que resulta subsidiaria.
Doctrina de los pliegos que rigen el contrato son “lex inter partes” o “lex contractus”.
No es posible la subsanción, pues pone en riesgo el principio de igualdad.
Desestimación.
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