Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 110/2020
- Resolución
- 110/2020
- Recurso
- 441/2019
- Fecha
- 14/05/2020
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión.
Licitación electrónica.
La ahora recurrente fue excluida de la licitación por presentar tres ofertas sin que en ningún momento antes de la finalización del plazo de presentación haya puesto de manifiesto tal circunstancia ni cual de las presentadas ha de considerarse como la válida o adecuada.
No procede el alegato de que en fase de recurso solicite cual de las ofertas presentadas ha de ser considerada como válida.
No es posible la pretensión de la recurrente de incluir por no haberlo echo antes el fichero conteniendo la oferta económica.
Las características técnicas y las limitaciones de la plataforma de licitación electrónica pueden ser conocidas previamente por las entidad licitadoras interesadas.
El pliego es la ley del contrato entre las partes.
Desestimación.
Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.