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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Resolución 122/2019

Resolución
122/2019
Recurso
368/2018
Fecha
24/04/2019
Resultado
Estimación
Acto recurrido
Anuncio y/o Pliegos
Tipo de contrato
Suministro

Resumen del tribunal

Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.

Pliegos.

Acuerdo marco: indeterminación del objeto.

No es posible la adjudicación a otros empresarios al margen del acuerdo marco sobre la base de que este no supone exclusividad: se dejaría al albur de la entidad contratante la utilización de esta técnica, vulnerándose los derechos de las empresas adjudicatarias del acuerdo marco.

La oferta económica como único criterio de adjudicación del acuerdo marco en función del mayor porcentaje de descuento aplicado sobre los precios ofertados por los propios licitadores: no procede.

El descuento debe operar sobre precios unitarios máximos establecidos en los pliegos. de lo contrario faltaría un parámetro común para la valoración de las ofertas.

Falta de concreción en los criterios de adjudicación de los contratos basados: vulneración del artículo 221.6 e) LCSP.

Acuerdo marco con varios empresarios que no establece todos los términos: no cabe la elección directa del adjudicatario sin previa licitación.

Vulneración del artículo 221.4 b) LCSP.

Contratación electrónica: necesidad de motivar su no utilización.

Estimación.

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