Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 71/2013
- Resolución
- 71/2013
- Recurso
- 66/2013
- Fecha
- 31/05/2013
- Resultado
- Inadmisión
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Propuesta de adjudicación: acto no susceptible de recurso especial ya que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto, sin perjuicio del recurso contra la resolución de adjudicación.
Exclusión de la oferta del licitador: no es subsanable el error consistente en que la oferta se formuló por una anualidad del contrato y no por la total duración de éste.
La mesa de contratación no puede interpretar la voluntad del recurrente al formular su oferta.
Si se admitiera subsanación o aclaración del error padecido una vez conocida la proposición del otro licitador, se colocaría al recurrente en posición de ventaja, contraviniendo los artículos 1 y 139 del TRLCSP.
Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.