Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 35/2018
- Resolución
- 35/2018
- Recurso
- 16/2018
- Fecha
- 08/02/2018
- Resultado
- Desestimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión por no aportar en plazo copia compulsada del DNI de la persona con poder bastante a efectos de representación.
El principio de igualdad de trato imposibilita modificar a favor de una entidad licitadora los requisitos establecidos para todas.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para licitar no admite graduación en cuanto al número de ellos. el hecho de que una empresa licitadora incumpla una exigencia del pliego es motivo suficiente para su exclusión, no es necesario que se produzcan dos, tres o más incumplimientos.
Exclusión por no estar firmados los sobres por la persona con poder bastante a efectos de representación: dicha firma es una formalidad que en nada afecta al contenido de los mismos, se trata de una exigencia de los pliegos cuya ausencia no necesariamente ha de subsanarse exclusivamente durante el plazo concedido para la subsanación de defectos, pudiendo procederse a la firma de ellos por la persona adecuada en cualquier momento del procedimiento anterior a la apertura del primero de los sobres que contengan la oferta propiamente dicha.
Desestimación.
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