Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Exclusión.
Legitimación de las empresas integrantes de una UTE.
Los pliegos son la ley del contrato: acto consentido y firme.
Incumplimiento de determinado requisito de la oferta económica: inexistencia de ambigüedad.
El principio de igualdad de trato imposibilita modificar a favor de un licitador aquellos requisitos establecidos para todos los licitadores.
La admisión de la oferta de un licitador no es un acto susceptible de recurso especial en materia de contratación: inadmisión.
Desestimación.