Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolución 723/2026
- Resolución
- 723/2026
- Recurso
- 673/2026
- Fecha
- 28/10/2026
- Resultado
- Estimación
- Acto recurrido
- Actos de trámites cualificados
- Tipo de contrato
- Otros
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
Concesión de servicios.
Acto recurrible.
Valor estimado: más allá del contenido del anuncio de licitación y de la información sobre recursos que proporciona el PCAP, la cifra de negocios que se prevé que podría generar la empresa concesionaria está muy por encima de los tres millones de euros, que es la cuantía mínima establecida en el artículo 44.1, letra c), de la LCSP para que este Tribunal pueda conocer de actos derivados de una contratación de concesión de servicios.
Publicación en DOUE.
Nulidad de pleno derecho: el cálculo del valor estimado hacía obligatoria la publicación del anuncio en DOUE.
La falta de publicación en DOUE, cuando es obligatoria, constituye causa de nulidad de pleno derecho, conforme al citado artículo 39.2, letra c), de la LCSP.
Falta de motivación: ni en el expediente administrativo ni en la publicación en el perfil de la PCSP se ha incluido la memoria justificativa a la que se refiere el artículo 63.3 de la LCSP, con lo que buena parte de las cuestiones que definen la contratación han quedado sin motivación.
Duración concesional: la objeción consiste en que se establece el plazo de 16 años sin motivar la conexión económica exigida por la LCSP ni seguir el procedimiento establecido en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero.
Experiencia empresarial: no puede ser criterio de adjudicación.
Garantía definitiva: se fija, para las concesiones de servicios, atendiendo a la naturaleza, importancia y duración de la concesión.
Estimación.
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