Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Resolucion 50/2016
- Resolución
- 50/2016
- Recurso
- 5/2016
- Fecha
- 10/03/2016
- Resultado
- Estimación Parcial
- Acto recurrido
- Anuncio y/o Pliegos
- Tipo de contrato
- Servicio
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Son los descriptores que redacta el propio tribunal: los criterios que aplica en esta resolución.
Pliegos.
El establecimiento de un umbral de anormalidad o desproporción referido al precio de licitación no vulneraría las normas reguladoras del procedimiento de adjudicación, si dicho umbral se correspondiese con el precio normal del mercado, al no suponer una restricción a la libre concurrencia.
Solo en el supuesto de que el órgano de contratación no indicará en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y no detallará en los pliegos los requisitos mínimos de solvencia y los medios que se admiten para su acreditación serían de aplicación los establecidos en el artículo 11.4 del RGLCAP.
Para el establecimiento en los pliegos de los requisitos de solvencia, además de lo previsto en el TRLCSP, hay que tener en cuenta el artículo 67 del RGLCAP.
Cuando en los servicios se fija como requisito de solvencia técnica o profesional la descripción de las instalaciones técnicas en los pliegos se precisarán las funcionalidades y se cuantificarán las capacidades mínimas exigidas.
El requisito de disponer de un sistema de gestión medioambiental requiere no solo que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, sino además que así se indique en los pliegos y que su exigencia esté vinculada al objeto del contrato y sea proporcional al mismo, así como que se cumplan los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.
Improcedencia de la adjudicación de un único contrato, sin división en lotes, o de un lote determinado a más de un adjudicatario.
Estimación parcial.
Elaboración propia a partir de fuentes oficiales. La validez jurídica es la de la fuente oficial: comprueba siempre el documento original. Aviso legal.